22 de noviembre de 2024

Ministerio de Trabajo abre consulta pública para regular Agencias de Empleo y Pasantías 

Ministerio de Trabajo regulará Pasantía o Práctica Profesional Formativa

Santo Domingo. El Ministerio de Trabajo publica en su página web los proyectos de Resolución Sobre las Normas para el Funcionamiento de las Agencias de Empleo y el que tiene que ver con Pasantía o Práctica Profesional Formativa. 

La publicación se realiza para fines de consulta pública en cumplimiento de lo establecido por los artículos 23 y 24 de la Ley No. 200-04, sobre Libre Acceso a la Información. 

La Resolución sobre las Normas para el Funcionamiento de las Agencias de Empleo tiene como objeto establecer la guía para el manejo adecuado de las agencias privadas y públicas de empleo, que operan en la República Dominicana, según lo establecido por el Convenio 122 de la Organización Internacional de trabajo (OIT), así como la implementación de las políticas de empleo de acuerdo a la Recomendación 188. 

Mientras, que el objetivo de la Resolución sobre la Pasantía o Práctica Profesional Formativa es disponer el proceso mediante el cual el estudiante pone en ejecución los conocimientos adquiridos durante el transcurso de su formación académica, en los niveles de educación media o secundaria, técnico profesional o superior, de grado o de postgrado. 

De acuerdo a esta normativa, la Práctica Profesional Formativa no genera ningún tipo de relación laboral entre el pasante y la empresa u organización en la que ésta se desarrolla, tampoco no podrá ser utilizada para cubrir vacantes, ni para reemplazar al personal de las empresas u organizaciones en las que se realicen. 

Para los interesados en enviar observaciones o sugerencias en torno a estos proyectos, se estarán recibiendo por escrito con atención a la Dirección Jurídica, en la oficina principal del Ministerio de Trabajo, ubicada en la Av. Enrique Jiménez Moya esquina República del Líbano, Centro de Los Héroes, en Santo Domingo, Distrito Nacional o al correo electrónico: [email protected]  

Las mismas serán aceptadas dentro de un periodo de 30 días laborables, contados a partir de la fecha de la publicación de las Resoluciones en un diario de circulación nacional. 

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